Hace poco le pedí a Roberto que me enviara información sobre las ordenanzas de circulación de San Sebastián, con objeto de armarme a la hora de responder a esos peatones tan alegres que gustan de gritar ¡El bidegorri está ahí!
Pues bueno, esta es la información que nos ofrece. Gracias Roberto.
Definiciones:
«Patines sin motor: Aparato adaptado al pie dotado de ruedas que permite deslizarse por un pavimento resistente y uniforme.»
«Monopatín: Tabla sobre ruedas que permite deslizarse por un pavimento resistente y uniforme.»
Sobre las zonas de prioridad peatonal (calles peatonales)
Artículo 18.
Las personas podrán circular con patines y bicicletas por estas zonas en las condiciones indicadas en los artículos 27 y 50, respectivamente. En su tránsito, las bicicletas y los patines disfrutarán de prioridad sobre el resto de vehículos, pero no sobre los peatones.
Referente a los patines:
«CAPITULO IV. DEL TRANSITO CON PATINES Y MONOPATINES
Artículo 26.
Los patines sin motor o aparatos similares transitarán únicamente por las aceras, zonas de prioridad peatonal y vías ciclistas, no pudiendo invadir carriles de circulación. En su tránsito deberán acomodar su marcha a la de los peatones, evitando en todo momento causar molestias o crear peligro. Los monopatines no podrán ser utilizados en aceras y zonas peatonales. Ninguno de estos aparatos gozará de prioridad respecto a los peatones.
Artículo 27.
Los monopatines, patines sin motor y aparatos similares únicamente podrán utilizarse con carácter deportivo en las zonas específicamente señalizadas en tal sentido.»
Referente a los bidegorris:
Artículo 47.
Las vías ciclistas, segregadas físicamente del resto del tráfico y de las zonas destinadas a peatones, únicamente podrán ser utilizados por personas en bicicleta o en patines. La velocidad recomendada no excederá de quince (15) km/h, y en ningún caso podrán superarse los veinte (20) km/h.
Infracciones (Leve):
”Transitar sobre patines o aparatos similares sin acomodar la marcha al peatón o con carácter deportivo fuera de las zonas señalizadas en tal sentido.»
Una aclaración; el artículo 50 habla sobre la posibilidad de llevar remolque que tienen las bicicletas. Si alguno de vosotros me demuestra que goza de la misma capacidad, que me diga e incluiré este artículo en el post.
Lo dicho; muchas gracias Roberto
Arsenio
Aquà el ejemplo de alguien que no respetó las ordenanzas de circulación de patines, pero que además no respetó a la autoridad.
En la serie de contestaciones que le hacen a su post, ya le dan consejos sobre lo que tendrÃa que haber hecho, y siguiendo la trama, hasta resultan divertidas las diversas opiniones.
http://www.malagapatina.com/phpBB2/viewtopic.php?t=1259
P.d. SerÃa de agradecer que los contenidos de este blog no estuvieran atacados de la moda, (¿quizá no es moda y es lo que hay?), de ortografÃa hiriente, heredada probablemente de la grafÃa del SMS, como la que aparece en el primer mensaje del link y que se acostumbra a ver en diferentes foros..
Duelen los ojos, y cansa más su lectura que una ruta, a ritmo marcado por las figuras del Donostiroller.
Un comentario sin más.
Interesante hilo. Me gusta como, en seguida, sale gente cabal incidiendo en los más importante; ¿qué imagen damos?
Seamos responsables y no dañemos la imagen de un colectivo tóntamente. La verdad es que la solución de subirte a la acera y volver a bajar más adelante – y con una sonrisa y una disculpa – siempre existe.
Lo del lenguaje SMS, bueno, yo creo que es una cuestión de imagen personal. A mà no me gusta.
Arsenio